Protocolo de prevención frente al acoso y formación en materia de igualdad

Para cumplir con la legalidad vigente, todas las empresas, con independencia del tamaño de su plantilla deben contar con un Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso sexual, acoso por razón de sexo y el acoso virtual, en los términos previstos en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 12 de la reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre.

Este protocolo responde a la necesidad de prevenir y sensibilizar contra las violencias sexuales en el ámbito laboral, y se convierten en el instrumento clave para erradicar conductas no deseadas, garantizar efectivamente la tutela de los derechos fundamentales y el derecho de las personas trabajadoras a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Formación en igualdad de género para empresas

«Las empresas deben promover la sensibilización y ofrecer formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio».

Estas acciones formativas que se desarrollan en la modalidad online, podrán ser financiadas con los créditos de formación bonificada, que tienen asignados todas las empresas que coticen por formación profesional. De esta forma, la formación recibida podrán bonificarla en sus seguros sociales.

¿En cuánto tiempo tienes disponible el Protocolo en tu empresa?

Te explicamos brevemente los pasos que llevamos a cabo en Abire, desde la Tramitación hasta la la Información para proceder en cuanto al Protocolo de prevención y actuación frente al acoso. Desde que lo pides hasta que dispones de él, pasan unos 15 días aproximadamente.

1. TRAMITACIÓN

– Procedemos a la toma de datos y contactamos con la persona responsable de la empresa y ésta designará la persona instructora encargada de canalizar las posibles incidencias.

2. ELABORACIÓN

– El Dpto. de Igualdad elabora el protocolo de prevención y actuación frente al acoso, en el que se definen el compromiso y los principios de la empresa, las conductas constitutivas de acoso sexual, acoso por razón de sexo y ciberacoso.

– Se establece un procedimiento para canalizar las quejas o denuncias que se pudieran producir.

3. INFORMACIÓN 

– El personal técnico de Abire contacta con el instructor principal designado por la empresa para explicarle cómo debe proceder.

– Y se le informa la necesidad de difundir dicho protocolo, con el objetivo de sensibilizar a toda la plantilla.

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