Aplazamiento de la entrada en vigor de Verifactu: más tiempo para adaptarse (y formarse)
Se ha publicado un nuevo Real Decreto ley 15/2025, 2 de diciembre, que modifica de manera sustancial el calendario previsto para la entrada en vigor del Reglamento de Requisitos de los Sistemas de Facturación, conocido como Reglamento Verifactu (Real Decreto 1007/2023).
La medida consiste en ampliar un año el plazo de aplicación obligatoria para empresas y autónomos.
Este retraso afecta directamente a miles de pymes, autónomos, asesorías y proveedores tecnológicos que ya habían iniciado procesos de adaptación. Analizamos las novedades con perspectiva técnica y sus implicaciones prácticas.
¿Qué es Verifactu?
Llevar un registro manual o en hojas de cálculo ya no es una solución viable. Además de ser propenso a errores, no garantiza el cumplimiento normativo ni ofrece datos útiles para la gestión. Un software de control horario como Jobday permite:
- Cumplir fácilmente la normativa del registro de jornada, evitando sanciones.
- Registrar entradas, salidas y pausas desde cualquier dispositivo, incluso fuera del centro de trabajo.
- Controlar la jornada en tiempo real, con informes claros y accesibles.
- Analizar datos para mejorar la planificación y la productividad del equipo.
- Simplificar la gestión de vacaciones, ausencias y turnos rotativos.
Implementar una herramienta como Jobday no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que también reduce la carga administrativa y mejora la toma de decisiones gracias a la información que proporciona.
Nuevas fechas de entrada en vigor
El Real Decreto-ley aprobado hoy establece un nuevo calendario:
Empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades:
Fecha original: 1 de enero de 2026
Nueva fecha: 1 de enero de 2027
Resto de empresas, pymes y autónomos:
Fecha original: 1 de julio de 2026
Nueva fecha: 1 de julio de 2027
La norma busca que la transición se realice con garantías técnicas, evitando implementaciones incompletas, precipitación o incompatibilidades.
Impacto en empresas, asesorías y software de facturación
Empresas y autónomos
Este aplazamiento permitirá revisar procesos internos sin presión y elegir soluciones tecnológicas con más criterio. También da margen para:
• Actualizar equipos.
• Automatizar la facturación.
• Mejorar la gestión documental y contable.
• Integrar Verifactu con ERP o CRMs existentes.
Asesorías y gestorías
Para los despachos profesionales, el aplazamiento es especialmente relevante, podrán:
• Planificar la migración de sus clientes
• Unificar criterios y estándares
• Evitar adoptar soluciones precipitadas
• Ofrecer servicios de consultoría y formación.
Proveedores tecnológicos gestorías:
El retraso permitirá mejorar, probar y homologar software con más seguridad jurídica.
Formación: la clave para llegar preparados
Empresas y autónomos
En ABIRE consideramos que esta prórroga abre una oportunidad clara: abordar la transición a Verifactu con conocimiento, criterio y sin improvisaciones.
En las próximas semanas, presentaremos un curso especializado en Verifactu, con contenidos orientados a asesorías y gestorías, departamentos administrativos, pymes y autónomos, responsables de facturación y ERP.
El objetivo será ofrecer una visión completa: obligaciones, requisitos técnicos, implicaciones jurídicas, procesos internos, buenas prácticas y planificación de la implantación.
Conclusión
El aplazamiento del Verifactu no es un simple cambio de fechas: es una oportunidad para preparar la transición con orden, eficiencia y formación especializada.
Desde ABIRE animamos a todas las empresas y asesorías a aprovechar este periodo transitorio para organizar la implementación con tiempo y, sobre todo, para formarse adecuadamente en un sistema que transformará la gestión de la facturación en España.
Referencias Normativas
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se regulan los requisitos de los sistemas informáticos de facturación.
- Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
- Real Decreto-ley aprobado en 2025 que aplaza la entrada en vigor de Verifactu (publicado en el BOE).
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).