El Gobierno pone fin a las prácticas abusivas de los “becarios” y apuesta por el Contrato de Formación en Alternancia para modernizar el empleo y el tejido productivo español
El mensaje del Gobierno es claro: la puerta de entrada al empleo ya no serán prácticas precarias, sino contratos formativos con derechos.
La reciente comparecencia de la Vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, tras el Consejo de Ministros de ayer 25 de noviembre, marca un punto de inflexión en la regulación de la formación en el empleo.
Con el desarrollo reglamentario de los contratos formativos y la clara intención de eliminar prácticas formativas abusivas, el Gobierno impulsa el Contrato de Formación en Alternancia y consolida un modelo que prioriza la formación real, la protección jurídica y el desarrollo de talento interno, basado en derechos, profesionalidad y auténtica capacitación.
Para las empresas, esta regulación clarifica el marco legal y supone una oportunidad para captar y formar perfiles adaptados a sus necesidades. Para quienes inician su trayectoria profesional, supone acceder a un aprendizaje remunerado, tutelado y con posibilidades de continuidad real.
Contexto y foco de la reforma
El nuevo Real Decreto, alineado con la reforma laboral de 2022, pretende desterrar prácticas extendidas durante años bajo la figura de “becarios”, sin remuneración suficiente o sin derechos efectivos, como vía de sustitución de puestos estructurales o de mano de obra de bajo coste.
De forma expresa, se abandona un modelo basado en becas insuficientemente reguladas para consolidar el contrato formativo como la herramienta legítima y eficaz para la cualificación en la empresa.
La ministra de Trabajo lo ha expresado con firmeza:
“Se acabó sustituir trabajadores y trabajadoras. Se acabó pagar con propinas.”
Pero más allá del mensaje político, la clave técnica de esta reforma reside en reforzar el contrato de formación en alternancia como instrumento principal para la cualificación en la empresa y en limitar las prácticas no laborales que han dado lugar a abusos.
Ventajas reforzadas del contrato formativo
El marco jurídico consolida garantías ya existentes —remuneración conforme al SMI, prohibición de horas extraordinarias, nocturnidad o turnos—, pero sobre todo refuerza y destaca la ventaja competitiva del contrato formativo frente a las prácticas en empresas:
Aporta vinculación laboral real, derechos, cotización y estabilidad.
Garantiza una formación estructurada, con un plan formativo individual y seguimiento.
Evita los riesgos sancionadores derivados del uso indebido de becas o prácticas informales.
Permite retener talento, ya que la persona aprende específicamente para el puesto y para la empresa.
Ofrece seguridad jurídica, al ser la figura preferente para la inserción laboral de jóvenes y personas en cualificación.