Regularización de cotizaciones 2026: actuación de oficio de la TGSS y pautas operativas
- 9 abril 2026
La Tesorería General de la Seguridad Social ha comunicado a través de su Boletín Noticias Red 05/2026 cómo se procederá a la regulación de determinadas cotizaciones afectadas por la publicación el pasado 31 de marzo de 2026 de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026.
La clave es clara: la regularización se realizará de oficio, siguiendo el mismo procedimiento aplicado en ejercicios anteriores.
El elemento esencial es, por tanto, operativo: cómo se ejecuta esa regularización, qué debe y qué no debe hacer el/la autorizado/a del Sistema Red.
Actuación de oficio por la TGSS
Según el Boletín Noticias RED 05/2026:
- La TGSS revisará y actualizará automáticamente las liquidaciones afectadas.
- La actuación se realizará sin intervención previa del autorizado RED o empresa.
- Se aplicará el procedimiento ya conocido del BNR 5/2022.
Prodecimiento de regularización (referencia BNR 5/2022)
El procedimiento operativo que seguirá la TGSS se articula del siguiente modo:
a) Comunicación de la liquidación rectificada. Una vez actualizada la liquidación:
- El usuario recibirá un fichero informando de la rectificación.
- Se remitirá la Relación Nominal de Trabajadores (RNT) actualizada.
- Se facilitará el Documento de Cálculo de la nueva liquidación.
Estos ficheros no se remitirán cuando la liquidación rectificativa coincida en importe con la inicial.
b) Supuesto de diferencias a ingresar. Si la actualización determina un importe superior:
- El usuario deberá ingresar la diferencia.
- El documento de pago TC1/31 podrá obtenerse a través del servicio de “consulta y obtención de recibos fuera de plazo” del Sistema RED.
c) Supuesto de ingresos indebidos. Si el importe resultante fuera inferior al inicialmente ingresado:
- Se podrá instar la devolución de ingresos indebidos.
- Se aplicará el procedimiento ordinario de devolución de cuotas.
Ingreso sin recargo
Las diferencias a ingresar derivadas de esta regularización:
- Podrán abonarse sin recargo.
- Dentro del plazo: hasta el último día del mes siguiente al de la comunicación de la TGSS.
Prohibición expresa: no presentar liquidaciones complementarias
No deben presentarse liquidaciones complementarias por diferencias hasta las nuevas bases mínimas de cotización.
Finalidad:
- Evitar duplicidades en la cotización.
- Prevenir desajustes entre la actuación autonómica de la TGSS y actuaciones manuales del usuario.
Consideración práctica: responsabilidad del autorizado y gestión operativa
Desde una perspectiva práctica:
- La responsabilidad última de control y seguimiento recae en el usuario (empresa o autorizado RED).
- Será imprescindible revisar las comunicaciones recibidas y verificar las liquidaciones actualizadas.
- El impacto operativo dependerá, en gran medida, del grado de automatización del sistema de nómina o de liquidación utilizado.
Así mismo, conviene tener en cuenta que este tipo de regularizaciones responde a situaciones en las que la normativa produce efectos retroactivos, lo que puede generar desajustes temporales en las cotizaciones ya presentadas.
En este contexto:
- La Administración asume la regularización de oficio para corregir dichas disfunciones.
- El usuario debe evitar anticipar actuaciones innecesarias, como la presentación de complementarias.
- La actuación adecuada es reactiva: revisar, validar y, en su caso, ingresar o solicitar devolución.
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