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contrato de formación en alternancia

La mejor ayuda para contratar

Marta Ceballos

LA ALTERNATIVA AL CONTRATO TEMPORAL

¿Qué es un contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia es un contrato laboral de duración determinada donde la persona trabajadora alterna el trabajo retribuido en la empresa con procesos formativos relacionados con el puesto de trabajo objeto de contrato.

Este contrato presenta una serie de novedades, características  e incentivos económicos para la empresa que lo hacen más ventajoso que su antecesor, contrato de formación y aprendizaje.

FORMACIÓN ONLINE

Ventajas de los contratos de formación

económico

Seguros Sociales 100% bonificables para las empresas.

SIN ESPERAS

Alta e incorporación inmediata de la persona trabajadora.

Online

Sin desplazamientos a centros presenciales

Flexibilidad

Duración desde 3 meses hasta 2 años según itinerario formativo.

edad

La persona trabajadora debe tener menos de 30 años de edad.

COSTE DE FORMACIÓN

La empresa podrá bonificarse la totalidad del coste de la formación.

la opción ganadora a la hora de contratar

Características

El Contrato de Formación permite que los conocimientos aprendidos sean aplicados al momento, lo que supone una mayor y más rápida profesionalización del alumno en la empresa.

Fijado en convenio, nunca inferior al SMI en función al tiempo de trabajo efectivo.

No fijado en convenio, mínimo 60% el primer año y 75% el segundo año. Se toma de referencia el grupo profesional y nivel retributivo del convenio en función del tiempo de trabajo efectivo.

No se pueden realizar horas extraordinarias ni complementarias, salvo lo previsto en el artículo 35.3 E.T.

El coste de la formación es BONIFICADO al 100% en los seguros sociales.

Seguros Sociales reducidos al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores. Las empresas de más de 250 trabajadores reducen el 75% del coste.

La empresa podrá bonificar entre 60 y 80 euros mensuales por las labores de tutorización.

La conversión en indefinido está bonificada con 1500 euros (hombres) y 1800 euros (mujeres) cada año durante 3 años.

Tiempo de trabajo efectivo

-El primer año el 65%.

-El segundo año el 85%.

Tiempo dedicado a la formación

-El primer año el 35%.

-El segundo año el 15%.

No se realizan trabajos nocturnos, ni a turnos. Consultar excepciones.

  • <u>Reducción en Seguros Sociales</u>
    Reducción en Seguros Sociales

    La empresa tendrá derecho a la reducción del 100% de los seguros sociales.*

  • <u>Bonificación por formación teórica</u>
    Bonificación por formación teórica

    El coste de la formación es bonificable en los seguros sociales.*

  • <u>Bonificación por tutor de empresa</u>
    Bonificación por tutor de empresa

    Las empresas se beneficiarán de una bonificación de entre 60-80 euros mensuales.*

  • <u>Bonificación por transformación en indefinido</u>
    Bonificación por transformación en indefinido

    La empresa tendrá derecho a una reducción de las cuotas a la seguridad social de 1500 € al año, en caso de los hombres, y 1800 € al año, en caso de las mujeres, durante 3 años.

Incentivos económicos para las empresas

El contrato de formación en alternancia es el único contrato  del mercado laboral que disfruta de reducciones y bonificaciones en seguros sociales.  

Ahorro anual de un contrato de formación

De entre sus características  podemos destacar sobre todo el sistema de bonificaciones y  reducción de las cuotas en Seguridad Social

En circunstancias normales, el único coste que genera a la empresa la persona trabajadora con un contrato de formación en alternancia es el salario, que vendrá determinado por lo que al respecto se establezca en el convenio colectivo de referencia.

El salario nunca estará por debajo del Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo. 

Te ayudamos

¿Quieres hacer un contrato de formación en tu empresa?

Requisitos que debe cumplir la persona trabajadora

  • El trabajador/a no puede tener ninguna titulación académica relacionada con el puesto de trabajo objeto del contrato de formación en alternancia.
 
  • Cuando los procesos formativos vinculados al contrato de formación en alternancia estén constituidos por certificados de profesionalidad de nivel 1 o 2, y especialidades formativas no formales, el límite de edad de los candidatos serán los 30 años.
 
  • La persona candidata deberá estar inscrita en el SEPE como demandante de empleo.
 
  • El candidato/a no puede haber desempeñado el mismo puesto de trabajo objeto de contrato en la misma empresa por un tiempo superior a 6 meses.

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