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El SEPE publica el Documento Informativo del Real Decreto 723/2026: así debes completarlo

El SEPE publica el Documento Informativo del Real Decreto 723/2026: así debes completarlo

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El Servicio Público de Empleo Estatal ya tiene disponible el modelo que recoge la información que debes entregar por escrito a tu plantilla. Te explicamos cómo completarlo — y cómo te ayudamos en Abire, también si tienes un contrato de formación en alternancia.

El pasado 3 de octubre, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ha puesto a disposición de empresas y personas trabajadoras el modelo de Documento Informativo sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo. Te contamos qué es, cómo debe completarse y cómo te ayudamos en Abire a hacerlo correctamente.

Qué es el documento informativo del SEPE 

El modelo se publica al amparo de la disposición adicional primera del Real Decreto 723/2026, que obligaba al Ministerio de Trabajo y Economía Social a poner a disposición de empresas y personas trabajadoras, en el plazo máximo de veinte días desde la publicación del real decreto en el BOE, un modelo que recogiera el contenido de los artículos 3 y, cuando proceda, de los artículos 4 y 5. Es accesible a través del portal web oficial del SEPE y se trata de un PDF editable válido para cualquier relación laboral de duración superior a cuatro semanas.

Las empresas deberán facilitar la información por cualquier medio adecuado que garantice su constancia y accesibilidad para la persona trabajadora. Si la información ya consta en el contrato de trabajo formalizado por escrito, y/o en otros tipos de documentos de la empresa, no es necesario repetirla.

Cómo debe completarse, según el Real Decreto 723/2026

Con más detalle, el artículo 3.2 del Real Decreto 723/2026 enumera la información mínima que la empresa debe facilitar por escrito. Explicado de forma sencilla, letra por letra:

Aspecto Información que debe incluirse
Identidad y relación laboral Identificación de la empresa y de la persona trabajadora, fecha de inicio y, si el contrato es temporal, fecha de finalización o duración previsible.
Lugar de trabajo Domicilio social de la empresa, centro de trabajo habitual y, en caso de trabajo a distancia, centro al que queda adscrita la persona trabajadora.
Modalidad y puesto Tipo de contrato y, si es temporal, la causa que lo justifica. También la categoría o grupo profesional, con una descripción resumida del trabajo.
Salario Salario base y complementos, indicados por separado, con su periodicidad y forma de pago, así como el método de cálculo de los conceptos variables.
Tiempo de trabajo Duración y distribución de la jornada diaria, semanal y anual; trabajo nocturno o a turnos, si lo hay; condiciones para modificar la jornada o cambiar el turno; horas extraordinarias y su retribución; vacaciones y forma de disfrutarlas. Si la jornada es irregular, deben indicarse las horas y los días de referencia y el preaviso mínimo. En contratos fijos discontinuos, también los periodos de actividad e inactividad.
Periodo de prueba Si existe, su duración concreta y las obligaciones de cada parte durante ese tiempo.
Formación Derecho a la formación que proporcione la empresa.
Empresa de trabajo temporal Identificación de la empresa usuaria cuando la persona trabajadora sea cedida por una ETT.
Sistemas algorítmicos Si se utilizan sistemas automatizados para decidir sobre la determinación, fijación o modificación de las condiciones de trabajo, así como las pautas, los criterios y las reglas con los que funcionan.
Igualdad y diversidad Plan de igualdad aplicable, política de conciliación y protocolo frente al acoso. Si existen, también las medidas para la igualdad real de las personas LGTBI.
Extinción del contrato Procedimiento, requisitos formales y plazos de preaviso.
Convenio colectivo Convenio o convenios aplicables, con sus datos identificativos y vigencia y, en su caso, la ultraactividad vigente.
Seguridad Social Sistema de Seguridad Social, entidades gestoras o colaboradoras y, en su caso, mejoras voluntarias y planes de pensiones.
Modificaciones Supuestos y procedimiento mediante los que pueden modificarse la modalidad del contrato, el puesto, el salario o el tiempo de trabajo.

Para varios apartados —marcados con asterisco en el propio modelo, como el salario variable, la jornada o el período de prueba— basta con una referencia precisa a la ley o al convenio colectivo aplicable, siempre que permita identificar con claridad las disposiciones correspondientes. Y un detalle práctico que conviene no pasar por alto: todas las páginas cumplimentadas deben ir firmadas en el margen izquierdo, tal y como indica el propio modelo, para mayor seguridad jurídica.

En concreto, el artículo 3.3 permite esta remisión a la ley, al reglamento o al convenio colectivo para: el salario base y los complementos, su periodicidad y forma de pago; la jornada y su distribución, la modificación de jornada y los cambios de turno, las horas extraordinarias y las vacaciones; el período de prueba; la formación ; la extinción y los plazos de preaviso; y la Seguridad Social. El resto —entre otros, el modo de cálculo de los conceptos variables, la jornada irregular o los sistemas algorítmicos— debe detallarse expresamente en el documento.

Los dos bloques siguientes solo se completan si corresponde: información adicional cuando la persona trabajadora preste servicios en el extranjero por más de cuatro semanas consecutivas, y desplazamiento dentro de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Plazos

En cuanto a los plazos: para contratos nuevos, la información debe facilitarse antes del inicio de la relación laboral; para contratos ya vigentes, solo si la persona trabajadora la solicita expresamente, en un plazo de treinta días hábiles. Puede entregarse en papel o en formato electrónico, siempre que sea accesible, se pueda almacenar e imprimir, y la empresa conserve constancia de su transmisión.

Si tienes un contrato de formación en alternancia

En Abire acompañamos a las empresas en todo el proceso de formalización del contrato de formación en alternancia, también en la información que exige el Real Decreto 723/2026. Si tienes dudas sobre cómo aplicarlo en tu empresa, cuéntanos tu caso y te orientamos.

Resumen

• El SEPE ha publicado el modelo de documento informativo que exige el artículo 3 del Real Decreto 723/2026, dentro del plazo previsto por la disposición adicional primera
•
Es un PDF editable, organizado en información general (apartados A a O), prestación de servicios en el extranjero y desplazamiento en la UE/EEE; su uso no es obligatorio.

• Varios apartados admiten una remisión precisa a la ley o al convenio colectivo, siempre que la referencia sea precisa y permita identificar claramente la norma aplicable. Todas las páginas cumplimentadas deben firmarse en el margen izquierdo.

Referencias normativas

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