Incentivos a la contratación de jóvenes sin cualificación
El próximo 1 de septiembre entrará en vigor el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
Este Real Decreto tiene por objeto el fomento y el mantenimiento del empleo estable y de calidad mediante el establecimiento de un marco jurídico único que regule los incentivos a la contratación y otras medidas de empleo financiadas con reducciones o bonificaciones en las cotizaciones sociales. Pretende igualmente aumentar la transparencia, eficacia y eficiencia de estas medidas mediante los adecuados sistemas de control, coordinación y evaluación.
Dentro de este marco, uno de los objetivos prioritarios consiste en el impulso a la contratación de aquellos colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad, tal es el caso de las personas jóvenes con baja cualificación.
En este contexto encuadramos una de las medidas que incluye el Real Decreto-ley 1/2023, la «Bonificación por contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil». Esta bonificación en las cuotas a la seguridad social, que ascendería a la cantidad de 275 euros/mes durante 3 años, se concedería a aquellas empresas que contrataran mediante un contrato indefinido a jóvenes menores de 30 años que no hayan alcanzado los estudios correspondientes al título de Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio y que estén previamente inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Además, la empresa se debe comprometer al mantenimiento del empleo de la persona beneficiaria de la medida durante al menos tres años desde la fecha de inicio del contrato.
Como alternativa a la medida anterior, se encuentra el contrato de formación en alternancia. Este modalidad de contrato es un instrumento idóneo para la inserción laboral de los jóvenes de hasta 30 años, no solo por la flexibilidad que su uso permite, o por la formación teórica vinculada al propio contrato y que constituirá el factor determinante para la obtención por parte de las personas trabajadoras de la cualificación profesional necesaria que les permitirá aumentar sus opciones de permanencia y mejora en el mercado laboral, sino por las reducciones en las cuotas de la seguridad social que disfruta y que, aunque se actualizan en este Real Decreto – ley 1/2023 , en comparación con el resto de incentivos a la contratación que se regulan, continúan posicionando al contrato como la opción más económica para las empresas.
La Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha 26 de julio de 2023, ha publicado el Boletín 11/2023, en el que desgrana los aspectos esenciales que regirán el nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral que diseña el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
Puede interesarte:
Guía práctica para empresas y…
Ley Orgánica 2/2024, de 1…
Eliminación del despido automático por…
¿Qué ocurre al finalizar el…
¿Qué pasa si el alumno…
¿Cómo llevar a cabo un…
Te ayudamos
¿Quieres hacer un contrato de formación en tu empresa?
La inFormación Honesta y de Garantía que necesitas.
info@abire.es
951 080 170