Sistema de bonificaciones del contrato de formación en alternancia
- 7 septiembre 2023
Como ya sabemos, el contrato de formación en alternancia es una opción muy interesante tanto para las empresas, por el significativo ahorro de costes laborales que supone, como para las personas trabajadoras, ya que es un instrumento idóneo para la inserción laboral de personas jóvenes que no tienen cualificación para el puesto de trabajo para el que son contratadas.
Por sus características, la formalización de este tipo de contrato difiere de la de otros contratos laborales pues necesariamente se debe concertar la formación teórica vinculada al contrato con un centro de formación acreditado y/o inscrito en el SEPE.
Para fomentar su uso debido a su interés social, el contrato de formación en alternancia disfruta de un atractivo sistema de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
Cuando hablamos de bonificaciones nos estamos refiriendo a los incentivos económicos que la empresa recibe por contratar a un trabajador/a bajo la modalidad de contrato en formación.
Tipos de bonificaciones:
• Bonificación de las cuotas a la Seguridad Social:
Las nuevas bonificaciones del contrato de formación serán de 91 €/mes de la cuota empresarial, y 28 €/mes en las cuotas a la Seguridad Social de la persona trabajadora. Lo que implica un coste en Seguridad Social de tan sólo 48,47€.
• Bonificación por formación teórica:
Como parte sustancial del contrato, la persona trabajadora recibe una formación teórica relacionada con el puesto de trabajo objeto del contrato. Para esta actividad formativa el trabajador dedicará el 35% de su jornada laboral el primer año y el 15% durante el segundo.
El coste de la formación es 100% bonificable en los seguros sociales, por lo que las facturas emitidas por el centro de formación en concepto de impartición de la actividad formativa, no representará coste alguno para la empresa.
• Bonificación por tutor de empresa:
Las empresas de menos de 5 trabajadores se beneficiarán de una bonificación de 80 € mensuales. Si la plantilla de la empresa es superior a 5 personas trabajadoras se podrán deducir 60 € por mes durante toda la vigencia del contrato, incluidas las prórrogas.
El objeto de esta bonificación es compensar económicamente el tiempo que la persona tutora de empresa dedica a la formación de la persona trabajadora en su puesto de trabajo.
• Bonificación por transformación en indefinido:
Si a la finalización del contrato de formación en alternancia la empresa decide la transformación del contrato en indefinido, tendrá derecho a una reducción de las cuotas a la seguridad social de 1536 € al año, en caso de los hombres, y 1764 € al año, en caso de las mujeres, durante 3 años.
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Existen algunos requisitos que la empresa debe tener en cuenta para reducirse los costes derivados de las cuotas en Seguridad Social. El más significativo consiste en que la persona candidata debe estar inscrita como demandante de empleo antes de cursar el alta en la Seguridad Social. Aprovechamos para recordar las características para poder ser contratado/a en formación.
En Abire nos encargamos de gestionar el contrato de formación para las empresas ofreciéndole asesoramiento previo y formación una vez formalizado el mismo. Además, disponemos de un amplio catálogo de ocupaciones con cobertura amplia en la mayoría de sectores.
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