fbpx
¿Cómo se aplica el MEI?

MEI en contratos de formación-¿Cómo se aplica?

¿En qué consiste el MEI y cuál es su importancia en el sistema de pensiones?

En esta ocasión vamos a aclarar algunas dudas que ha generado la reciente entrada en vigor y sucesivas modificaciones en torno a la cotización por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). El MEI es una cotización adicional de carácter finalista que afecta a todos los regímenes de la Seguridad Social y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación.

Este incremento de las cotizaciones, que se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023, a empresas, autónomos y personas trabajadoras por cuenta ajena, no computa a efectos de prestaciones y está destinado a nutrir el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido como “hucha de las pensiones”.

Su objetivo es garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones y asegurar la equidad intergeneracional.

La derogación del denominado factor de sostenibilidad de las pensiones, que vinculaba un aumento de la esperanza de vida con una disminución del importe de la pensión, y la consecuente reducción de previsión de ingresos futuros, ha exigido la adopción de nuevas medidas que mitiguen este efecto, para atender a las excepcionales circunstancias demográficas que supondrá el retiro de la generación del “baby boom” en los próximos años.

Para más información

¿Cuál es el origen del MEI? Sucesivas modificaciones del MEI - Aumento progresivo de la cotización.

Conocimos por primera vez el MEI con la entrada en vigor, el 1 de enero de 2023, de la Disposición final Cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, por la que se regula el poder adquisitivo de las pensiones, que estableció un aumento de las cotizaciones en 0,6 puntos porcentuales hasta el año 2032, de donde un 0,5 % serán a cargo de la empresa, y un 0,1% corresponderá a las personas trabajadoras.

Posteriormente la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 dispone su aplicación desde el día 1 de enero de 2023.

Finalmente, la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, sobre sostenibilidad del sistema público de pensiones, a menos de tres meses desde su primera entrada en vigor, vuelve a modificar este nuevo concepto y adopta una implementación gradual que incrementa las aportaciones iniciales.

Esta norma introduce, por un lado, el artículo 127 bis de la LGSS, que eleva la cotización hasta el 1,2 puntos porcentuales. En el supuesto de personas trabajadoras por cuenta ajena un punto porcentual corresponderá a la empresa y 0,2 puntos porcentuales al trabajador. En el caso de trabajo por cuenta propia, esta aportación adicional recaerá íntegramente en los autónomos. De otro lado, la Disposición cuadragésima tercera del mismo texto legal lleva hasta 2050 los efectos de esta reforma e incorpora un aumento gradual de la cotización de acuerdo a la siguiente escala:

¿Se puede bonificar el MEI en los contratos de formación en alternancia?

NO. El MEI no se puede reducir en los seguros sociales, como queda de manifiesto en el apartado 2 del Art. 127 bis de la LGSS. que aclara que esta cotización adicional no podrá ser objeto de bonificación, reducción o exención o deducción alguna en las cuotas de la seguridad social, a excepción y con las peculiaridades que se establecen para las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero*

La entrada en vigor de la anterior prescripción al día siguiente de su publicación en el BOE, como se indica en el boletín 04/2023 del Sistema Red, hace que a partir del mes de abril, período de liquidación de marzo, en los casos en los que resulten de aplicación medidas relativas a exoneraciones de cuotas, la cotización por MEI se incluirá siempre en la cuota no exonerada. 

Respecto a los períodos de liquidación de enero y febrero se efectuará un procedimiento de oficio por parte de la Tesorería General.

Resumen: 

  • En el ejercicio 2023, los porcentajes a aplicar respecto al Mecanismo de Equidad Intergeneracional, son de 0.60 puntos porcentuales, de los que el 0.50 corresponderá a la empresa y el 0.10 al trabajador.
  • La cuota del MEI se incluirá en la cuota no exonerada desde el 01/01/2023. 
  • La TGSS regularizará las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023. 
  • En el mes de abril de 2023. período de liquidación de marzo, la cotización por MEI, se incluirá siempre en la cuota no exonerada.
  • Las liquidaciones de cuotas revisadas por las que deban ingresarse diferencias en la cotización se podrán ingresar sin recargo alguno hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas, de acuerdo con la Disposición Transitoria primera de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero. 

¿Cómo quedan las cotizaciones en los contratos de formación en alternancia en 2023 tras el incremento del SMI y el MEI?

En conclusión, el MEI se erige como una herramienta clave para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones y asegurar una equidad intergeneracional para las generaciones actuales y futuras. Cotizaciones de los contratos de formación actualizadas según el Salario Mínimo Interprofesional para 2023.

A pesar de esta cotización adicional que, como decimos, afecta a todos los regímenes de la seguridad social que coticen por la prestación de jubilación, RECUERDE que los contratos de formación en alternancia constituyen la opción más económica y ventajosa en el panorama laboral actual, con una duración determinada mínima de 3 meses y una duración máxima de hasta dos años. Conviene destacar, al mismo tiempo, que esta modalidad contractual, además del ahorro económico significativo que supone con respecto a otras modalidades contractuales, cumple una importante función social que lo convierten en una excelente oportunidad para la integración en el mercado laboral de los jóvenes que buscan adquirir experiencia laboral y formación teórica al mismo tiempo.

Puede interesarte:

NEWSLETTER

Déjanos tu correo y sé el primero en recibir información de valor para tu empresa.
Abire formación

La inFormación Honesta y de Garantía que necesitas.

info@abire.es
951 080 170

más cerca de ti
© Abire asesores y consultores en formación, s.l. - todos los derechos reservados..