fbpx
Anteproyecto Ley de Paridad

La nueva Ley de Paridad y la cuota mínima

Anteproyecto de Ley Orgánica de representación paritaria

El pasado 7 de marzo de 2023 se aprobó en Consejo de Ministros, el anteproyecto de Ley Orgánica de representación paritaria de mujeres y hombres en los órganos de decisión, que tendrá efectos en el propio Consejo de Ministros y en  los Consejos de Administración de las grandes empresas. Un anteproyecto cuya finalidad es garantizar a las mujeres las mismas oportunidades que a los hombres en el empleo y adopción de decisiones a todos los niveles.

Esta iniciativa continúa la senda trazada por la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que traspone la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y medidas conexas, con lo que España asume una posición de liderazgo a la hora de incorporar a su ordenamiento las normas y recomendaciones internacionales relativas a la igualdad de género. 

La ley de paridad busca adaptar esta directiva a la legislación española, y se espera que tenga un impacto positivo en la igualdad de género en el país. La ley establece la obligatoriedad de las llamadas «listas cremallera», así como la cuota del 40% de mujeres en los principales órganos de decisión.

Anteproyecto Ley de Paridad
Para más información

Cuota del 40% de mujeres en los principales órganos de decisión

La cuota del 40% de mujeres en los principales órganos de decisión es una medida que se incluye en la nueva ley de paridad y que busca garantizar la presencia de mujeres en posiciones de poder y en la toma de decisiones en los ámbitos políticos y económicos. Esto significa que al menos el 40% de los miembros de los órganos de decisión, como consejos de administración, juntas directivas, comités ejecutivos, entre otros, deberán ser mujeres.

Es importante reseñar la incorporación del citado principio de equilibrio y paridad a distintos ámbitos de la sociedad, así como también al ámbito empresarial. En cuanto a esto último, deben tenerlo en cuenta:

➡️Los consejos de administración de las sociedades cotizadas, quienes deberán asegurar que sus consejos de administración tengan al menos un 40% de consejeras antes del 1 de julio de 2024.

➡️Entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores o una cifra de negocios de más de 50M € o un activo superior a 43M€.

El incumplimiento se considerará como infracción grave en las sociedades cotizadas.

Las llamadas "listas cremallera"

La obligación de las listas cremallera es una medida que busca fomentar la igualdad de género en la política y asegurar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los cargos electorales.

¿En qué consisten las “listas cremalleras”? 

Establece que las listas de personas candidatas a las elecciones deberán ser elaboradas de forma alterna entre hombres y mujeres, es decir, alternar entre un sexo femenino y uno masculino hasta finalizar. Es una forma de evitar que se vacíen de contenidos las cuotas y acaben por estar en primera línea de salida solo los hombres, evitando que ese 40% se vaya al final de la lista. Con esta medida se garantiza una mayor presencia de las mujeres en las listas electorales y, por lo tanto, una mayor oportunidad para que las mujeres sean elegidas para cargos políticos.

La nueva ley de paridad supondrá un esfuerzo, más que necesario, por parte de las empresas y organizaciones afectadas, así como del gobierno, para asegurar que se cumplen las cuotas y las listas cremallera establecidas. Este anteproyecto es un paso importante en la lucha por la igualdad de género en nuestro país.

Le recordamos que la sensibilización en igualdad de género a la plantilla de las empresas es esencial en el avance hacia la consecución de una igualdad efectiva y real entre hombres y mujeres. Por ello, le informamos que, de acuerdo a el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 12 de la reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre:

“Las empresas deben promover la sensibilización y ofrecer formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio».  

Abire le propone las siguientes acciones formativas, según la necesidad que deba cubrir: 

Formación en igualdad de género en empresas

Sensibilización en Igualdad de Género

El alumnado tendrá un acercamiento al concepto de igualdad de género, la normativa actual por la que se rige, además trabajará aspectos como la comunicación no sexista y la violencia de género.

Formación en igualdad de género en empresas

Igualdad: Implantación de los elementos necesarios

El alumnado conocerá los conceptos, procedimientos, normativa, etc. necesarios para aplicar de forma correcta la igualdad laboral entre hombres y mujeres.

Formación en igualdad de género en empresas

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres en la empresa

Para profesionales del cualquier sector que quieran desarrollar un plan de igualdad en la empresa, poniendo especial énfasis en el personal del departamento de personal.

Formación en igualdad de género en empresas

Igualdad en la gestión de personas. Actuaciones frente al acoso

El alumnado conocerá las acciones necesarias en la gestión de personas para la igualdad efectiva, se abarcarán aspectos como la selección de personal con perspectiva de género.

Puede interesarte:

NEWSLETTER

Déjanos tu correo y sé el primero en recibir información de valor para tu empresa.
Abire formación

La inFormación Honesta y de Garantía que necesitas.

info@abire.es
951 080 170

más cerca de ti
© Abire asesores y consultores en formación, s.l. - todos los derechos reservados..