Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025
- 7 febrero 2025
El Boletín Red 02/2025, de 27 de enero de 2025 da instrucciones en el ámbito de la afiliación y plazos para adaptar el antiguo CNAE 2009 a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025, aprobada por el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero.
El Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, actualiza la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), adaptándola a las nuevas necesidades del mercado y la administración pública. La CNAE-2025 establece un plazo entre marzo y junio de 2025 para que las empresas comuniquen su actividad económica a los registros de la Seguridad Social, mejorando así la gestión y el análisis estadístico de las actividades económicas en España.
Plazos para comunicar en TGSS:
Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025 se deberá comunicar la codificación de la actividad económica de las unidades económicas en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social para su inclusión en el Directorio Central de Empresas del INE según la CNAE-2025. Artículo 6.a), sobre fecha de aplicación para fines estadísticos de la CNAE-2025 en los registros administrativos.
¿QUÉ INFORMACIÓN HAY QUE COMUNICAR?
a) En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los registros a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
b) En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a dichos registros a partir de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
c) Asimismo, los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.” Disposición adicional única, sobre obligación de comunicación de la codificación de la actividad económica.
Actuaciones en el ámbito de afiliación
a) Respecto de CCCs en situación de alta a 03.03.2025
Comunicación del nuevo código CNAE-2025:
Según los cuadros de equivalencias entre la CNAE-2009 y la CNAE-2025 elaborados por el INE, si el código de CNAE-2009 que actualmente identifica a una actividad empresarial determinada se desglosa en varios códigos de CNAE-2025, será necesario comunicar a esta TGSS, respecto de cada uno de los CCC afectados, el código de CNAE-2025 en la que se clasifique la actividad de la empresa.
Para ello, durante el próximo mes de marzo, se habilitará una nueva funcionalidad en la Oficina virtual del Sistema RED, a través de la cual se podrán consultar, respecto de un determinado CCC, los posibles códigos de CNAE-2025 que pueden resultar de aplicación al mismo en función de la actual CNAE-2009 registrada en dicho CCC y seleccionar, de entre los posibles, el código CNAE-2025 en que se clasifique la actividad de la empresa correspondiente al mencionado CCC.
La comunicación de la nueva CNAE-2025 no será necesario realizarla respecto de aquellos CCC cuya actual CNAE-2009 se corresponda con una única CNAE-2025, según las tablas de correspondencia ya citados, dado que, en estos casos, el código de la CNAE-2025 será asignada automáticamente por la TGSS.
Información sobre los CCC respecto de los que hay que comunicar el nuevo código CNAE-2025
En la última semana del mes de febrero de 2025, se enviará a cada Autorización RED, de forma similar a lo realizado respecto de los trabajadores por cuenta propia afectados por el proceso de regularización de bases y cuotas:
– Un correo electrónico que incluirá un enlace a través del cual se accederá a una base de datos, en formato Excel que contendrá la relación de los CCC asignados a dicha autorización RED, cuya CNAE-2009 se corresponda con un único valor de la nueva CNAE-2025 y, en consecuencia, respecto de los que no hay que realizar ningún tipo de comunicación.
– Un correo electrónico que incluirá un enlace a través del cual se accederá a una base de datos, en formato Excel, que contendrá la relación de los CCC asignados a dicha Autorización RED, cuya CNAE-09 se desglose en varios códigos de la nueva CNAE-2025, con la información de los posibles valores a anotar, respecto de los que hay que realizar la correspondiente comunicación antes del 30 de junio de 2025.
b) Respecto de CCC que se asignen nuevo a partir del 04.03.2025 como de CCC que reinicien su actividad a partir de dicha fecha
Para todos aquellos CCCs que se asignen a partir de la citada fecha o reinicien su actividad a partir del 04.03.2024, deberá comunicarse tanto el valor del código de la CNAE-2009 como el de la CNAE-2025.
Puede consultar la información completa sobre la CNAE-2025 , en la página web del Instituto Nacional de Estadística
Fuente: Boletín Red 02/2025
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