Implicaciones de la L.O. 10/2022, de 6 de septiembre en los Protocolos de prevención frente al acoso
Para cumplir con la legalidad vigente, todas las empresas, con independencia del tamaño de su plantilla deben contar con un Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso sexual, acoso por razón de sexo y el acoso virtual, en los términos previstos en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 12 de la reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre.
Este protocolo responde a la necesidad de prevenir y sensibilizar contra las violencias sexuales en el ámbito laboral, y se convierten en el instrumento clave para erradicar conductas no deseadas, garantizar efectivamente la tutela de los derechos fundamentales y el derecho de las personas trabajadoras a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Estos procedimientos específicos de prevención también sirven para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas, incluyendo específicamente las sufridas en el ámbito digital.
La entrada en vigor el pasado 7 de octubre de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 septiembre de garantía integral de la libertad sexual, extiende la obligación de ofrecer formación a toda la plantilla al disponer en el artículo 12. 2 , párrafo 3, que:
“Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio”.
Para facilitar la implantación del procedimiento de actuación, ABIRE ofrece un servicio de elaboración del Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso. Al mismo tiempo, ABIRE pone a disposición de las empresas un catálogo de acciones formativas en materia de igualdad de género y sensibilización en diferentes niveles.
Estas acciones formativas que se desarrollan en la modalidad online, podrán ser financiadas con los créditos de formación bonificada, que tienen asignados todas las empresas que coticen por formación profesional. De esta forma, la formación recibida podrán bonificarla en sus seguros sociales.
Formación obligatoria para toda la plantilla
- Curso 1: Sensibilización en Igualdad de Género (10 horas)
Dirigido a promover la sensibilización en Igualdad de Género de la plantilla de cualquier sector, sobre los conceptos y nociones básicas en la materia, el marco legal que le afecta, así como los principios y valores que deben respetarse en la empresa y el protocolo de prevención y actuación frente al acoso en la empresa..
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