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Acumula el crédito de FUNDAE

¿Cómo acumular el crédito de formación continua o bonificada?

Existe la opción de reservar el crédito de formación

El crédito de formación es la cantidad que las empresas disponen para invertir anualmente en la formación de sus empleados. 

Este crédito podrán hacerlo efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social y se calcula aplicando a la cuantía ingresada por la empresa durante el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas, garantizándose un crédito mínimo de formación de 420 €.  

A continuación, os mostramos el importe de crédito para la formación del cual dispondrá la empresa en función del tamaño de la plantilla y las cotizaciones por formación profesional. 

Crédito de formación para empresas
Para más información

El crédito disponible para la empresa dependerá, por tanto, del número de empleados que trabajan en dicha empresa y de  las cotizaciones realizadas durante el año anterior. 

Las empresas de nueva creación en 2022 , o que abrieran nuevos centros de trabajo, dispondrán de un crédito que resultará de multiplicar 65 € por el número de trabajadores incorporados a la empresa, según el primer recibo de liquidación a la Seguridad Social. Se garantiza en todo caso para las empresas de nueva creación el crédito mínimo de formación de 420 €.

Puedes conocer el crédito de formación  calculándolo mediante la suma de las cuotas de formación profesional ingresadas en el ejercicio anterior y aplicándole  el porcentaje de bonificación correspondiente en función del tamaño de la plantilla o consultándolo directamente a través de la plataforma FUNDAE.

https://empresas.fundae.es/Lanzadera

Para ello necesitas tener instalado un certificado digital de representación de la empresa. Con este puedes acceder indicando el CIF y el código del convenio.

¿Cómo reservo el crédito de formación de mi empresa?

En caso de que la empresa no esté interesada en consumir el crédito disponible de formación bonificada anual existe la opción de “reserva de crédito”. Esta alternativa sólo está disponible para empresas de menos de 50 trabajadores y debe comunicarse antes del 30 de junio de cada año. De este modo, el crédito que no se ha consumido por la empresa en 2023 se acumula para el  año 2024.

Así se establece en el artículo 11.3 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, donde se establece que:

 “A través del sistema electrónico previsto (…………..) las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes” 

¿Tienes dudas de cómo reservar el crédito de formación de su empresa? Desde Abire le ayudamos en todo el proceso de reserva de crédito y garantizamos con éxito la formación a sus empleados en caso de querer consumir el crédito disponible.

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